Documento creado 17/05/2003
Modificado el 23/05/2015
MODIFICACIÓN C0001/2015
CARTA ÉTICA
Objeto
El Código Ético tiene por objeto establecer y garantizar unos criterios básicos de responsabilidad en la crianza del carlino por parte de los criadores asociados al CEC. Una base ética de respeto a la raza, que a su vez suponga una garantía de calidad y seriedad para los futuros propietarios.
Requisitos
1. Para poder firmar el Código Ético del CEC habrá que ser socio del mismo con una antigüedad mínima de 1 año, ser titular de un afijo. Se solicitará por escrito dirigido al Presidente del Club, que lo presentará a la Junta Directiva para su aprobación.
2. La firma del Código Ético será voluntaria, si bien será necesaria para poder anunciar las montas y camadas de ejemplares tanto en la página web como en el boletín del CEC. Dicha firma será con carácter indefinido, siempre que no se incumpla la normativa del Código, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el apartado de sanciones.
3. Los criadores signatarios tendrán un apartado específico en la Galería de Criadores de la página web del Club, que los distinga de una forma especial sobre el resto de criadores asociados.
Normativa
1. Todos los ejemplares del criadero deberán estar alojados adecuadamente, en espacio suficiente, protegidos de la intemperie y recibiendo alimentación correcta, asistencia sanitaria y buen trato afectivo.
2. Solamente se utilizarán para la reproducción ejemplares en perfectas condiciones sanitarias y genéticas.
3. No se permitirá comprar cachorros al mayor para su reventa. Desaconsejándose cederlos a tiendas o grandes superficies,
4. La edad mínima para la primera cubrición de una hembra será de 18 meses, antes de esa fecha no podrá ser cubierta en ningún caso.
5. Cuando una hembra haya librado una camada, no podrá ser cruzada en el siguiente celo, en ese caso entre una camada y otra deberán transcurrir al menos 10 meses. Una hembra no podrá tener nunca más de dos camadas seguidas, independientemente del número de cachorros.
6. La edad máxima de cubrición de una hembra será de 8 años, siempre y cuando no peligre su salud
7. Una hembra reproductora podrá tener un máximo de 6 camadas en su vida, y no superar tres cesáreas.
8. Los cachorros no podrán abandonar el criadero a una edad inferior a los 60 días, después de haber sido vacunados al menos en una ocasión contra moquillo y parvovirus y convenientemente desparasitados, adjuntando la cartilla de vacunación o documento provisional análogo, firmado y sellado por el veterinario. Estas serán las condiciones mínimas, resultando lo ideal entregarlo a sus nuevos propietarios a partir de las 10 semanas de vida, con dos vacunas administradas, contra los virus ya citados y contra la hepatitis y la leptospirosis. En todos los casos, los cachorros deberán salir previamente identificados con tatuaje o microchip.
9. El criador deberá estar disponible y dispuesto a ilustrar al nuevo propietario sobre la cría del cachorro, sobre las características reales de la raza y evitar el ocultar o minimizar eventuales defectos importantes del cachorro.
10. El comportamiento del criador habrá de ser correcto en todo momento respecto de otros criadores y miembros del CEC y de la R.S.C.E.
Sanciones
En caso de incumplimiento del Código en alguno de los puntos de su normativa, el criador será requerido para justificarse ante la Junta Directiva. En caso de no hacerlo debidamente según la Junta, será expedientado y en su caso excluido de la lista de criadores signatarios, por el tiempo que la Junta Directiva estime oportuno, dependiendo de la falta cometida.
Las dudas que puedan surgir en la interpretación del Código Ético quedarán a la consideración de la Junta Directiva y la Comisión de Cría del CEC. Cualquier cambio o modificación del presente Código tendrá que ser aprobado en Asamblea General de Socios.
El presente código podrá ser ampliado, para su mejora por Anexos.